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Código de Procedimiento Penal y Correccional Artículo 24 bis Provincia del Neuquén


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 19/05/2024

Código de Procedimiento Penal y Correccional Neuquén
Artículo 24 bis.

La Cámara de Apelaciones en lo Criminal de la Provincia conocerá:

1) De los recursos deducidos en contra de las resoluciones de los jueces de Instrucción.

2) De los recursos de apelación deducidos en contra de las resoluciones de los jueces de Garantías o de los órganos jurisdiccionales que cumplan dicha función, en el marco de la Ley 2302.

3) De los recursos de queja por retardo de justicia o por denegación de las impugnaciones referidas en los incisos 1) y 2) de este artículo.

4) De las cuestiones de competencia cuya resolución no corresponda al Tribunal Superior de Justicia.

Provincia del Neuquén Artículo 24 bis Código Procesal Penal
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La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion


Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?


pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


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